En el marco del Plan Nacional de Desarrollo Turístico Sustentable liderado por la Subsecretaria de Turismo, Sernatur Los Ríos invitó a los municipios de Valdivia, Corral, Panguipulli, Lago Ranco y Futrono, pertenecientes a ZOIT de la región a postular al Programa de Mejoramiento Urbano.
El “Programa de Mejoramiento Urbano en Zonas de Interés Turístico” tiene por objetivo apoyar la ejecución de proyectos turísticos en las comunas que sean parte de una ZOIT declarada por el Comité de Ministros del Turismo, bajo la Ley N° 20.423 y que posean un plan de acción, a través de la asignación de recursos con un tope de $50 millones.
El director regional de Sernatur, Pedro Burgos, mencionó que “por medio de la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Turístico Sustentable, liderado por la Subsecretaría de Turismo, desde Sernatur invitamos a los municipios de Valdivia, Corral, Panguipulli, Lago Ranco y Futrono que forman parte de las cuatro ZOIT de la región -declaradas bajo la Ley N°20.423- a una nueva versión del concurso Programa de Mejoramiento Urbano para Zonas de Interés Turístico”.
“Esta iniciativa amplía la magnitud del desarrollo turístico, con una prioridad clara de ordenamiento territorial como los son la Zonas de Interés Turístico, siendo por otra parte complementaria a los esfuerzos regionales en materia de prioridad turística por parte del Gobierno Regional y el Consejo Regional”, agregó el Director Regional de Sernatur.
Proceso de postulación
El municipio podrá postular proyectos de infraestructura para el desarrollo turístico esto es; proyectos de señalética, mejoramiento de oficinas de información turística, infraestructura turística, entre otros. Estos proyectos deberán estar localizados dentro del límite de la Zona de Interés Turístico declarada y ser parte de una de las brechas identificadas en el Plan de Acción.
La Subsecretaría de Turismo realizará la preselección de los proyectos, para lo cual los municipios postulantes deberán enviar hasta el 1 de marzo la idea de proyecto a zoit@subturismo.gob.cl, que deberá contener:
1. Datos del municipio postulante (nombre del municipio, datos del representante legal, teléfono y contacto de la contraparte responsable de la postulación, la cual deberá ser el Encargado de Planificación del Municipio postulante).
2. Descripción del Proyecto (máx. 500 palabras).
3. Aporte del proyecto a los objetivos o actividades del Plan de Acción (máx. 200 palabras).
4. Aporte del proyecto a la solución de brechas identificadas en el Plan de Acción de la ZOIT (máx. 200 palabras).
5. Planos arquitectónicos de emplazamiento con todas sus cotas de terreno, las que permitan determinar la ubicación específica del proyecto, los planos de detalles constructivos que sean necesarios para explicar la obra y todos los cortes y elevaciones acotados necesarios para dar a entender el proyecto. Todos los planos deberán venir firmados por un profesional competente en la materia según lo estipulado en la guía operativa PMU de SUBDERE mencionada en el punto 10.
6. Especificaciones Técnicas completas y firmadas por profesional competente según lo estipulado en la guía operativa PMU de SUBDERE mencionada en el punto 10.
7. Certificado de propiedad donde se emplazará el proyecto. Documentación oficial que acredite que el terreno donde se ubicará el proyecto sea de propiedad municipal y en el caso de que el terreno sea una concesión otorgada por el Ministerio de Bienes Nacionales, se deberán anexar los decretos y resoluciones que acrediten lo anterior.
8. Presupuesto y Cubicaciones detalladas del proyecto, coherentes entre sí y firmadas por especialista según lo estipulado en la guía operativa PMU de SUBDERE mencionada en el punto 10.
9. Carta de compromiso por parte del alcalde en donde se estipula el compromiso del municipio para solventar los gastos de mantenimiento del proyecto ejecutado.
10. Se deberá adjuntar a la propuesta toda la documentación solicitada en los puntos 2 y 3 de la Guía operativa para el Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal Resolución Exenta 12209/2017 http://www.subdere.gov.cl/sites/default/files/documentos/guia_operativa_10.0.pdf. Sin prejuicio de lo anterior el municipio deberá respetar y tener en consideración todos los demás puntos expuestos en la guía mencionada anteriormente.
Grupo DiarioSur, una plataforma informativa de Global Channel SPA.
Powered by Global Channel
29605