El gobierno promulgó la Ley Karin, generando importantes innovaciones en la regulación del acoso laboral, sexual y la violencia en el ámbito laboral.
Tras su publicación en enero de este año, esta ley comenzará a regir el próximo 1 de agosto. Por ese motivo los seremis de Gobierno, Juan Guerra Hollstein, y de Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Leiva Caro, dieron a conocer los alcances de la normativa.
El seremi Juan Guerra, explicó que esta ley incorpora nuevos conceptos de violencia de trabajo, incluyendo los ambientes laborales formales bajo el Código del Trabajo, como también a los trabajadores bajo el Estatuto Administrativo, es decir, trabajadores del sector público o privado.
La Ley N° 21.643 promulgada en enero de 2024, establece un marco legal para la prevención y sanción del acoso y violencia en el entorno laboral en Chile. Honrando a Karin Salgado, funcionaria pública de la salud que trabajaba en el Hospital Herminda Martín de Chillán, quien se quitó la vida en el 2019 por el constante acoso laboral que sufría.
La ley se destaca por su enfoque integral y compromiso con los ambientes de trabajo seguros, haciendo presente una mirada de perspectiva de género en la creación de protocolos de prevención. Además, modifica el concepto de acoso laboral.
El seremi Rodrigo Leiva, destacó la ley aportará en la generación de cambios culturales que se hagan cargo de la brecha de género existente, enfatizando que será el trabajo en perspectiva de género el que ayudará a acortar la brecha.
“Las situaciones de acoso laboral en el país desde enero del año 2022 hasta abril de este año son más de 4.600, eso quiere decir que hay situaciones de acoso laboral que en este momento están siendo investigadas y afectan casi en un 70% a mujeres”, expresó Leiva. Aclarando también que un 93% de las denuncias son ejercidas por mujeres.
La Ley Karin establece procedimientos de investigación con un enfoque en la protección de las personas denunciantes, incluyendo atención psicológica temprana. Además, todas las empresas deberán contar con un protocolo de prevención del acoso y la violencia laboral, asistido técnicamente por los Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744.
Para el sector público, se realizan modificaciones a varias leyes para mejorar los procesos de investigación, asegurando principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género. Las empresas privadas deben gestionar los riesgos relacionados con el acoso y la violencia, incorporándolos en sus reglamentos internos y programas preventivos.
En este sentido, la Dirección del Trabajo y la Contraloría General de la República tienen un rol reforzado en la fiscalización de estos procedimientos. Además, tanto la Seremi de Gobierno como la Dirección de Trabajo y Previsión Social estarán disponibles para realizar las capacitaciones necesarias, en el sector público y privado, incluyendo a las personas trabajadoras y administraciones de las instituciones.
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