EXTRACTO. El Juzgado de Letras de Río Bueno, en causa Civil Voluntaria Rol V-28-2023, caratulada “VEGA”, mediante sentencia del 30 de agosto de 2023 se declara la interdicción por demencia de don HECTOR VEGA ALARCON, Run N° 7.223.942-9, quedando privado de la administración de sus bienes y se nombra como curadora definitiva a su hija NATALIA RAQUEL VEGA MAYORGA, Run N° 7.223.942-3, quien deberá aceptar el cargo en forma legal, eximiéndola de rendir fianza, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil, inciso final, por tratarse de un pupilo que tiene pocos bienes. Con igual fundamento, se le exime a la curadora designada de confeccionar inventario, en conformidad con el artículo 380 del Código Civil, por cuanto de acuerdo a los antecedentes de la causa no se colige que el pupilo tenga medios suficientes para soportar los gastos de confección. La curadora deberá acompañar un apunte privado en que consten los bienes del interdicto, con las formalidades que señala el mismo artículo, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. Río Bueno, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. KERTTY S. LEAL OJEDA, Jefe de Unidad.
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